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Fallos: 322:2705 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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ción de impugnación de paternidad matrimonial conforme al art. 259 del Código Civil. .

FILIACION.
El art. 259 del Código Civil no incluye a la madre entre quienes pueden impugnar la paternidad extramatrimonial del marido (Disidencia de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Gustavo A. Bossert).

TRATADOS INTERNACIONALES,
Elart. 16 inc. d), de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer establece específicamente que los estados partes asegurarán, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, los mismos derechos y responsabilidades como progenitores, cualquiera que sea su estado civil, en materias relacionadas con sus hijos (Disidencia de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Gustavo A. Bossert).

TRATADOS INTERNACIONALES.
El art. 16, inc. d), de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer es una norma operativa (Disidencia de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Gustavo A. Bossert).

TRATADOS INTERNACIONALES,
Las cláusulas de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer gozan de la presunción de operatividad por encontrarse esta Convención entre los tratados humanitarios modernos (Disidencia de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Gustavo A. Bossert).

TRATADOS INTERNACIONALES.
Las normas contenidas en los tratados internacionales sobre derechos humanos establecen derechos que -se presume-- pueden ser invocados, ejercidos y amparados sin el complemento de disposición legislativa alguna.

Ello se funda en el deber de respetar los derechos del hombre, axioma central del Derecho Internacional de los Derechos Humanos (Disidencia de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Gustavo A. Bossert).

TRATADOS INTERNACIONALES.
La violación de un tratado internacional puede acaecer tanto por el establecimiento de normas internas que prescriban una conducta manifies

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:2705 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-2705

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