ESTER JOSEFA BIEZ v. INPS - CAJA NACIONAL DE
PREVISION rara TRABAJADORES AUTONOMOS
JUBILACION Y PENSION.
Es descalificable el pronunciamiento que denegó la jubilación por invalidez por falta de cumplimiento de los requisitos del art. 20 de la ley 18.038, pues aunque hubiera existido, al momento del ingreso al sistema, invalidez según el porcentaje supuesto por los médicos, la actora mantuvo un grado de capacidad de ganancia que le permitió trabajar varios años y cumplir de modo relativamente constante con los aportes, por lo que no cabe restringir el reconocimiento del derecho, máxime cuando el organismo previsional no sólo aceptó las cotizaciones, sino que liquidó y cobró los períodos adeudados,
JUBILACION Y PENSION.
Los jueces deben proceder con suma cautela en el desconocimiento o rechazo de solicitudes de beneficios de naturaleza alimentaria.
JUBILACION Y PENSION.
Los fines de la seguridad social se desnaturalizan cuando la aplicación de sus normas se hace en forma mecánica y sin integrarlas al caso concreto.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 24 de noviembre de 1998.
Vistos los autos: "Biez, Ester Josefa c/ INPS — Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos s/ jubilación por invalidez".
> Considerando: - 19) Que contra el pronunciamiento de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó la resolución administrativa que había denegado el beneficio de jubilación por invalidez en razón de que la peticionaria no reunía los requisitos exigidos por el art. 20 de la ley 18.038, la actora dedujo recurso ordinario de apela
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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:3291
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