6) Que, en el plazo previsto por el art. 13 del reglamento mencionado en el considerando 49, solicitaron su registro tres listas de candidatos a integrar el Consejo de la Magistratura y tres listas de postulantes a miembros del Jurado de Enjuiciamiento, que recibieron números consecutivos de acuerdo con el orden de su presentación y fueron oficializadas provisionalmente, conforme al art. 16 de dicho reglamento.
7°) Que, en los términos del artículo citado, se corrió vista a los apoderados de esas listas y a la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, sin que se produjeran observaciones.
8°) Que, en consecuencia, por acordada 26/98, se las dedaró definitivamente oficializadas, de conformidad con lo establecido en el art. 16 del reglamento mencionado en el considerando 4°.
9°) Queel pasado 29 de junio tuvieron lugar en todo el país los comicios a los que se había convocado por acordada 15/98.
10) Que, luego del cierre del acto electoral en las mesas habilitadas, se procedió a efectuar el escrutinio provisional de los votos válidamente emitidos, labrándose el acta correspondiente, en los términos del art. 24 del Reglamento para la elección de los jueces que compondrán el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento, sin que se produjeran observaciones de los interesados, ni de la Asociación de Magistrados y Funcionarios dela Justicia Nacional.
11) Que, una vez recibidas las urnas y la documentación del acto, se convocó a los apoderados de las listas oficializadas y a dicha entidad a una audiencia para el día 3de julio último, a los efectos del art. 25 de dicho reglamento.
12) Que, de acuerdo a lo que surge del acta correspondiente, los comparecientes reiteraron que no deseaban formular observaciones al proceso electoral, ni al resultado de los comicios.
13) Que, de conformidad con lo que disponen los arts. 25 y 26 del reglamento citado en el considerando 10, el Tribunal debe prodamar a los miembros electos, titulares y suplentes, del Consejo de la Magistratura y del Jurado de Enjuiciamiento.
Por ello, Acordaron:
1 Aprobar como resultados del escrutinio definitivo de la elección del 29 de junio de 1998 a los que surgen del escrutinio provisorio practicado por acta de la misma fecha, que se incorpora como anexo de la presente.
28) Prodamar como miembros titulares electos del Consejo de la Magistratura a los doctores Bindo Benito Caviglione Fraga, Claudio Marcelo Kiper, Javier Enrique Fernández Moores y Margarita Aixa Gudiño Kieffer.
3 Prociamar como miembros suplentes electos del Consejo de la Magistratura, para reemplazar eventualmente a los anteriores, a los doctores Elena Inés Highton, Carlos Osvaldo Gerome, María Laura Garrigós y Abel Cornejo, respectivamente.
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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:1531
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