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Fallos: 321:1528 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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DIAS INHABILES.
Ne 35-

En Buenos Aires, a los 6 días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y ocho, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:

Que la forma irregular en que han funcionado los tribunales nacionales y federales del país, en razón de la medida de fuerza resuelta por la Unión de Empleados de la Justicia Nacional el día 8 del corriente mes, requiere tomar medidas que eviten perjuidos a los litigantes; Por ello, Acordaron:

Dedarar el día 8 dejulio de 1998 inhábil para los tribunales nacionales y federales de todo el país, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos que no hubiesen sido actuados en rebeldía.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — JuLIO S. NAZARENO — EpuarDo MoLINÉ O'Connor — CARLos S. FAYr — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BocGIANO — GUILLERMO A. F. Lórez — Gustavo A. Bosserr — ApoLFo RosErto VAZQuez — Nicolás Alfredo Reyes (Administrador General).


JURADO DE ENJUICIAMIENTO. DESIGNACION DE PRESIDENTE.
—N 36En Buenos Aires, a los 14 días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y ocho, reunidos en la Sala de Acuer dos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:

Queel art. 22, inc. 1, de la ley 24.937, prevé que el Jurado de Enjuiciamiento será presidido por un ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación elegido por sus pares.

Que corresponde proceder a la elección del juez de este Tribunal que integrará como miembro titular el Jurado de Enjuiciamiento, difiriéndose para la oportunidad en que fuere necesaria la designación del miembro suplente.

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:1528 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-1528

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