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Fallos: 320:3010 de la CSJN Argentina - Año: 1997

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cuestiones que deben ventilarse ante el juez competente y en la forma que corresponda (Fallos: 305:107 ). Por ello, no resulta fácil inferir —más allá de la deficiencia señalada cuál sería la comunidad de con troversia que podría existir en el sub examine con quien no ha sido el autor denunciado del despojo, ni su sucesor, copartícipe o beneficiario art. 615 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

Por ello, y oída la señora Procuradora Fiscal, se declara que este juicio no corresponde a la competencia originaria de este Tribunal.

Notifíquese.


EDUARDO MoLinÉ O'Connor — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F.
López — Gustavo A. Bossert — AnoLro ROBERTO VÁZQUEZ.

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:3010 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-320/pagina-3010

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