OCTUBRE
CERAMICA ZANON v.C.A.L.F.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia del recurso. Exceso ritual manifiesto.
Esarbitrariala sentencia quededaró inadmisibles los recursos de inaplicabilidad deley y nulidad articulados por la actora si el pronunciamiento impugnado conduce sin fundamentos adecuados, a una restricción sustancial dela vía utilizada por el justiciable, y afecta irremediablemente el derecho de defensa en juicio sobre la base de un injustificado ritualismo.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.
El esclarecimiento de la ver dad jurídica objetiva no puede resultar turbado por un desmedido rigor formal en la interpretación de normas procesales, pues esto resulta lesivo del adecuado servicio de justicia garantizado en el art. 18 de la Constitución Nacional.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia de recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.
Es descalificable el pronunciamiento que rechazó el agravio vinculado con la omisión de ponderar una prueba esencial, con el argumento de que sólotraducía una mera discrepancia personal dela recurrente con el criterio de los jueces de la anterior instancia, sin examinar la eventual exactitud de lo afirmado, en cuanto a que mediante dicha prueba había quedado acreditada la efectiva configuración del recaudo —evalúo de sus activos por la demandada en cuya ausenda se sustentaba la decisión impugnada.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia de recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.
Es descalificable el pronunciamiento que omitió examinar el dictamen pericial invocado y decidir si resultaba o no suficiente para tener por acr editado el revalúo de sus activos por la demandada, pues ello condujo al a quo a dejar firme la
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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:2089
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