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Fallos: 320:2023 de la CSJN Argentina - Año: 1997

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Tiene establecido V.E. que en los delitos de comercialización de reproducciones de videocassettes sin el permiso de los legítimos distribuidores en el país sea la justicia ordinaria la encargada de la investigación de aquéllos (Fallos: 313:972 ).

En consecuencia, opino que corresponde al Juzgado de Instrucción de Venado Tuerto continuar con la investigación de los hechos.

Buenos Aires, 15 de julio de 1997. Luis Santiago González Warcalde.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 25 de septiembre de 1997.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal, a cuyos términos cabe remitirse en razón de brevedad, se declara que debe conocer en la causa en la que se originó este incidente, el Juzgado en lo Penal de Instrucción de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, al que se le remitirá. Hágase saber al Juzgado .

Federal N° 3 de Rosario.

JuLto S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — AuGusto CÉSar BeLLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — GUSTAVO A. BOSSERT — ADoLro ROBERTO VÁZQUEZ.

ZENECA S.A.I.C. v. ARNALDO NORBERTO VAZQUEZ y Otros JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Generalidades.

Debe seguir entendiendo el tribunal ordinario civil de origen que, ante la reconvención de la demandada, consideró que las cuestiones introducidas

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:2023 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-320/pagina-2023

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