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Fallos: 32:28 de la CSJN Argentina - Año: 1887

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D. Angel C. Padilla, el motivo que dió lugar al nombramiento del Dr. D. Javier S. Frias, se revoca el auto de fecha treinta y ° uno de Mayo del corriente año, declarándose que él conocimiento y decision de esta causa, corresponde al Dr. Padilla. Remítanse en consecuencia estas actuaciones al juez de su procedencia, prévia reposicion de sellos, para que las mande agregar á sus antecedentes.


ULADISLAO FRIAS. — FEDERICO IBARGÚ-

REN. — C. $. DE LA TORRE.
CAUSA XCII
El Fisco Nacional contra tiavi y Sanguinetti y D. Gerónimo Sanguinetti, por contrabando.

Sumario. — Las mercaderías descargadas 6 cargadas en puerto ó costa inhábil, y las que existan ú bordo del buque fondeado en lugar indebido, caen en comiso,

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Año: 1887, CSJN Fallos: 32:28 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-32/pagina-28

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