D. Angel C. Padilla, el motivo que dió lugar al nombramiento del Dr. D. Javier S. Frias, se revoca el auto de fecha treinta y ° uno de Mayo del corriente año, declarándose que él conocimiento y decision de esta causa, corresponde al Dr. Padilla. Remítanse en consecuencia estas actuaciones al juez de su procedencia, prévia reposicion de sellos, para que las mande agregar á sus antecedentes.
ULADISLAO FRIAS. — FEDERICO IBARGÚ-
REN. — C. $. DE LA TORRE.
CAUSA XCII
El Fisco Nacional contra tiavi y Sanguinetti y D. Gerónimo Sanguinetti, por contrabando. 
Sumario. — Las mercaderías descargadas 6 cargadas en puerto ó costa inhábil, y las que existan ú bordo del buque fondeado en lugar indebido, caen en comiso,
Compartir
129Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente 
referencia:
Año: 1887, CSJN Fallos: 32:28 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-32/pagina-28¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 32 en el número: 28 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
 Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
