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Fallos: 32:29 de la CSJN Argentina - Año: 1887

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Caso. — Se explica en la
RESOLUCION DEL ADMINISTRADOR DE ADUANA
Concordia, Setiembre 6 de 1886.

Vistos: de la sumaria instruida con motivo de la aprehension de mercaderías desembarcadas más abajo de la Barra del Yuquerí Grande. y demás documentos agregados, resulta: 4" Que llegando el Gefe de la Aduana, D. Evaristo Moreno al punto indicado, en la madruguda del dia Domingo 45 de Agosto prúximo pasado, descubrió subre la costa una cantidad de mercaderías, y con ayuda del guarda D. Faustino Figueredo, y de los marineros del Resguardo, Manuel Solis, Damian Sanchez, Pablo ltios, y Gerardo Lescano, que iban á sus órdenes, apresó úD, Juan Chiozza, capitan de la goleta paraguaya Lavagna Primera, y á los marineros tripulantes del buque, Angel Morfina, Gaetano Donatis, Francisco Calvo, y Pablo Certoria, que se ocupaban en descargar de una lancha y ocultar en los pajonales y bosquecitos de la custa, bultos de mercaderías, que el capitan Chiozzo expresó huber sido conducidos por el buque de su mando, fondeado ú poca distancia de allí, y trasladados ú tierra por intermedio de la lancha, por ser imposible atracar el buque mayor ú la costa.

2" Custodiados por los aprehensores, los individuos y las mercaderías desembarcadas, hasta las horas hábiles del mismo dia, fueron por disposicion del administrador conducidos al puerto unos y otros, lo mismo que la goleta con el resto del cargamento que existía ú bordo, cuando fué apresada su tripulación, 3" Verificado todo, se procedió á instruir la presente sumaria, interrogando ú la tripulacion sobre las causas del fondeo de la goleta Lavagna Primeru en puerto no habilitado al efecto,

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Año: 1887, CSJN Fallos: 32:29 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-32/pagina-29

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