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Fallos: 319:489 de la CSJN Argentina - Año: 1996

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2?) Que corresponde en primer término considerar las defensas de falta de legitimación pasiva opuestas por las provincias demandadas que, al igual que el Consejo Federal de Inversiones —aunque con distinto fundamento— niegan que ostenten el carácter de parte. La singular situación planteada requiere el estudio de los antecedentes del caso.

A fs. 4/5 del expediente 598/82 del Consejo Federal de Inversiones obra una copia del acuerdo celebrado por las autoridades de las provincias de Buenos Aires, Córdoba, La Pampa, San Luis y Santa Fe y el subsecretario de Recursos Hídricos de la Nación en el que disponían realizar el "Estudio de prefactibilidad de esquemas alternativos para el aprovechamiento de los volúmenes de aguas excedentes localizados en el área comprendida entre los paralelos 36" y 32" S y los meridianos 62" y 65" O", en cuya financiación las provincias y la repartición nacional que suscribían el convenio participarían en la proporción prevista en el artículo segundo. Se encomendaba asimismo a la subsecretaría "el llamado a concurso de antecedentes de acuerdo a los Términos de Referencia que se agregan en anexo separado" y el "manejo de los fondos comprometidos" (arts. 3 y 4). Por otro lado, se creaba una comisión ad hoc cuya tarea sería establecer "las bases generales que permitan a Ja Subsecretaría de Recursos Hídricos la confección del pliego de condiciones", aprobar éste, "intervenir en la evaluación de las presentaciones de los concursantes" y "realizar el seguimiento del estudio para su posterior aprobación" (art. 5).

Poco después, el 28 de junio de 1982 (ver fs. 7/8), los gobernadores de esas provincias y el ministro de Obras y Servicios Públicos de la Nación, conjuntamente con el secretario general del consejo, procedieron a ratificar "en todo aquello que no se modifique por el presente" el acuerdo y disponen que el consejo "celebrará con el consorcio Franklin Consult Sociedad Anónima Consultora e Interconsul Sociedad Anónima' la contratación correspondiente al estudio... asumiendo en consecuencia su seguimiento jurídico-administrativo". Otras cláusulas establecían que la "aprobación parcial y total de los trabajos a realizar en el Estudio será efectuada por ese... (organismo) previa consulta con la comisión ad hoc constituida en el artículo 5° del convenio del 22 de mayo de 1980, de acuerdo a la misión atribuida a la misma" y ponían a su cargo la administración de los fondos (arts. 3° y 4). Cabría acotar que para el cumplimiento de esta encomienda, el consejo recibió aportes de los signatarios, como surge de fs. 21/30, y que fue informándoles de los pasos cumplidos (ver fs. 31/46). De esa manera, el 17 de diciembre de 1982 hizo saber a los funcionarios provinciales y nacionales que

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:489 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-489

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