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Fallos: 319:3434 de la CSJN Argentina - Año: 1996

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de diciembre de 1996.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el codemandado Eduardo Pablo García en la causa Ramos, Juan José c/ LR3 Radio Belgrano y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

19) Que en el mes de julio de 1986 la revista "El Porteño" publicó la siguiente nota: "Juan José Ramos era el coordinador general de prensa del Ministerio de Acción Social. Llegó con Conrado Storani y lo hizo despedir Alfonsín. Según las versiones, distribuía las pautas publicitarias de acuerdo a una "comisión" concertada con el medio. Cometió el error de proponerle un arreglo a la radio mendocina propiedad de la familia de Facundo Suárez Lastra, que lo denunció al presidente. Este, desde Olivos, lo llamó a Storani y renuncia presentada" (£s. 15 del expediente penal N 37.973, agregado por cuerda).

29) Que, pocos días después de esta publicación, el periodista Eduardo Pablo García, que se encuentra demandado en autos y cuyo seudónimo es Eduardo Aliverti, efectuó el siguiente comentario en un programa que realizaba en Radio Belgrano: "Esta noticia no es sobre el cometa Halley pero puede llevar tranquilamente de título "La Cometa"...Juan José Ramos era el Coordinador General de Prensa del Ministerio de Acción Social. Llegó con Conrado Storani y lo despidió el Presidente. Según versiones, parece que Ramos distribuía las pautas publicitarias de acuerdo a una comisión concertada con cada medio. Cometió el error de proponerle un arreglo a la radio mendocina propiedad de la familia de Facundo Suárez Lastra. Facundito llamó por teléfono y dijo: Raúl, me vinieron a proponer una cometa." fs. 219 vta./220 de los autos principales agregados por cuerda).

37) Que Juan José Ramos, aludido en la información transcripta, promovió demanda en concepto de daño moral por calumnias e injurias, para lo que al caso interesa, contra el nombrado García. Mencionó que, con fecha 2 de mayo de 1985, fue contratado por la empresa Gas del Estado a efectos de "...cumplir tareas de importancia como funcionario de la misma (área Secretaría de Energía)..." (fs. 4). Agregó que en el mes de abril de 1986 pasó a desempeñarse como Coordina

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:3434 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-3434

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