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Fallos: 319:2745 de la CSJN Argentina - Año: 1996

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CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de prensa.

La libertad de prensa no abarca sólo el derecho de difundir hechos y opiniones sino además el derecho de la sociedad a ser informada sobre acontecimientos considerados de interés público, a través de cualquier medio técni- .

co de comunicación social (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de prensa.

La prensa desempeña un importante rol de discusión de los asuntos públicos y cumple un papel esencial para la subsistencia del sistema democrático y, ello es tan así, que en los Estados no democráticos el derecho a la información es mínimo 0 no existe, pues los gobiernos despóticos apuntan antes que nada a suprimirlo. (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de prensa.

El derecho de integridad moral y el honor de las personas no supone condicionar el derecho de informar por la prensa a la verificación en cada supuesto de la exactitud de la noticia, sino a la adecuación de la información a los datos suministrados por la propia realidad, máxime cuando se trata de noticias con evidente potencialidad calumniosa o difamatoria, y en todo caso el deber de difundir el informe atribuyendo directamente su contenido a la fuente, utilizando un tiempo de verbo potencial o guardando reserva sobre la identidad de los implicados en el hecho ilícito (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de prensa.

Cuando la información suministrada tiene un fin lícito y se ajusta a la verdad, podrá estarse a ella, cuya protección se encuentra al amparo de la Constitución (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).


DELITOS CONTRA EL HONOR.
No toda conducta considerada como deshonrante o desacreditante, es tal pues la ofensa deberá analizarse dentro de los valores relativos tenidos en cuenta para una comunidad dada, en circunstancias de tiempo, modo, lugar y personas a las que son dirigidas, dentro del contexto general en que se dan, pues palabras o frases que para una persona o en determinado lugar o tiempo histórico resultan injuriosas, en otros no lo son (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).

CONSTITUCION NACIONAL. Derechos y garantías. Libertad de prensa.

En cuestiones relativas a la libertad de prensa, la protección del honor de personas públicas debe ser atenuada cuando se discuten temas de interés

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:2745 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-2745

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