16) Que mientras la contratista sostiene que las sucesivas renegociaciones no cubrieron el daño financiero, no obstante haber sido aplicadas desde el origen de la relación contractual, en la medida en que hasta arribar a la última modificación las anteriores no resolvían adecuadamente la incidencia de los mayores costos, la demandada entiende que abonó a la contratista las sumas que en tales conceptos le adeudaba a la actora aplicando la actualización prevista en la ley 21.392 con los intereses en ella estipulados.
17) Que toda vez que la indemnización de daños y perjuicios lleva implícita la realidad de los mismos, y que su determinación requiere la comprobación de tal extremo (Fallos: 273:269 ; 302:1339 ), corresponde determinar si en el caso la actora logró demostrar el daño aducido, la relación de causalidad entre el hecho y el daño y la prueba efectiva del perjuicio. Ello por cuanto, si bien cabe admitir en ciertas condiciones el reclamo de perjuicios financieros derivados de la mora del deudor, se requiere para ello su concreta demostración. 18) Que la demandada sostiene que no se ponderó lo informado en el dictamen pericial con relación a la inclusión del costo financiero en la oferta formulada por la actora al presentarse en la licitación. Cabe señalar al respecto que en la respuesta 3a del cuestionario formulado por la demandada (fs. 473), se aclaró que si bien el costo financiero formó parte del precio que la actora cotizó en la licitación, éste sólo cubría el lapso existente entre la efectiva realización de la inversión y "el tiempo de cobro definido contractualmente al que se obligaba la demandada". Por consiguiente, el agravio de la demandada no puede prosperar, ya que la previsión por ella invocada no se proyecta sobre los períodos que son objeto del reclamo. Resulta evidente que, al haber sido modificado el contrato cinco veces, sus términos no pudieron contemplar la incidencia de un eventual costo financiero producido por las circunstancias sobrevinientes a su concertación. .
19) Que, en lo relativo a la existencia del costo financiero originado en la tardía recomposición del contrato, cabe puntualizar que, según surge del informe pericial presentado en la causa, "hasta arribar ala última modificación contractual, las anteriores no resolvían adecuadamente la incidencia de los mayores costos" (respuesta 5a. pregunta, in fine, fs. 469).
Dijo también el experto que el reconocimiento de la mora en que había incurrido la demandada no había compensado el costo del dinero (fs. 470/470 vta., pregunta 13).
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:2057
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