Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 319:183 de la CSJN Argentina - Año: 1996

Anterior ... | Siguiente ...


DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON CARLos S. FAYT
Considerando: Que las cuestiones debatidas en la presente causa son sustancialmente análogas a las resueltas por este Tribunal en Fallos: 312:826 , a cuyos términos cabe remitirse por razón de brevedad.

Por ello, oído el señor Procurador General, se confirma la sentencia apelada. Notifíquese y, oportunamente, remítase.

CARLos S. FAYT.


CONSTANCIO VIGIL y OTRO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales complejas. Inconstitucionalidad de normas y actos locales.

Es formalmente admisible el recurso extraordinario, si se planteó la inconstitucionalidad de la norma local que regula la actividad del notariado y la decisión ha sido en favor de su validez. .

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias. . :

La decisión que suspendió preventivamente a un escribano en razón de haberse dispuesto su prisión preventiva es equiparable a sentencia definitiva al impedirle el ejercicio de su profesión.

ESCRIBANO. - -
No resulta irrazonable, como principio general, la facultad otorgada por la ley 12.990 al organismo de control de la actividad de los escribanos para suspenderlos preventivamente en tanto se sustancie el proceso penal, siempre que no se advierta, por su excesiva duración, el desconocimiento sustancial de un derecho constitucional.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

90

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1996, CSJN Fallos: 319:183 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-183

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 319 Volumen: 1 en el número: 183 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos