RESOLUCION DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de febrero de 1996.
Vistas: las actuaciones de Superintendencia caratuladas "Sueyro, Lautaro Damián s/ aco. 262/95 C.F.A.M.D.P. — avocación", y Considerando:
1) Que la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, por acordada 262/95, dejó sin efecto la designación interina del auxiliar administrativo Lautaro Damián Sueyro, luego de sucesivas licencias concedidas por razones de enfermedad, que concluyeron con el informe de una junta médica cuya copia obra afs. 16.
2°) Que contra la decisión el agente pidió reconsideración de la medida (fs. 9/10), con fundamento en queel art. 6° de la acordada del 3 de marzo de 1958 dispone que, transcurridos seis meses desde el nombramiento, el personal adquiere derecho a la estabilidad.
Expresó que el régimen de interinatos no se encuentra reglamentado, y cede antelas prescripciones del R.J.N.
3") Que la cámara rechazó el recurso y sostuvo que la naturaleza de las designaciones interinas es, precisamente, la provisionalidad, característica que impide adquirir la estabilidad prevista por la acordada de F: 240:107 ; cita al respecto el antecedente de la resolución 2132/94 dictada por el Tribunal.
Tras precisar que razones de superintendencia general le imponen la responsabilidad de la determinación de las condiciones de idoneidad que deben reunir los agentes del Poder Judicial, remite las actuaciones para que se resuelva el pedido de avocación formulado ver fs. 6/8).
4) Que la intervención de la Corte Suprema por la vía elegida es deaplicación restrictiva a casos en los cuales se evidencia exceso en el ejercicio de facultades disciplinarias, o razones de superintendencia general lo aconsejan (conf. doctr. F: 303:413 ; 304:1231 ; res. 2132/94, entre otros).
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:165
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