sino todo el concepto de las disposiciones ordenadoras del régimen de extinción de la pretensión punitiva (Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi).
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL Suprema Corte: .
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La República de Italia solicitó la extradición de Erich Priebke, a fin de someterlo a proceso por su posible participación en el hecho conocido como la matanza de las Fosas Ardeatinas ocurrido el 24 de marzo de 1944, en el cual habrían perdido la vida 335 ciudadanos italianos.
Dicho pedido de extradición se tramitó ante el Juzgado Federal de Bariloche, provincia de Río Negro, habiendo arribado a esta instancia en virtud del recurso ordinario de apelación interpuesto por el señor Fiscal actuante ante la Cámara Federal de Apelaciones de la mencionada provincia, que decidió con fecha 23 de agosto del corriente año, por el voto de la mayoría, revocar el fallo de primera instancia que había concedido la extradición solicitada. .
—I-
De la detenida lectura de los medulosos actos procesales que conforman estas actuaciones, y a los que haré referencia sintéticamente en el curso de este dictamen evitando una transcripción innecesaria de los claros argumentos expuestos por las partes y juzgadores, surge la imperiosa necesidad de fijar el núcleo de la discusión del cual se derivan las distintas soluciones propuestas.
Erich Priebke habría participado durante la Segunda Guerra Mun- dial, según el contenido de la presentación efectuada por el Estado requirente, de la ocupación militar del norte y centro del territorio italiano como integrante del ejército alemán. En ese tiempo, surgieron organizaciones clandestinas de civiles y militares italianos destinadas
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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:2157
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