"En todos los casos el requerimiento de magistrado subrogante se dirigirá a la presidencia del tribunal que deberá desinsacular a uno de sus miembros para integrar el tribunal oral. Tal solicitud —salvo razones fundadas será remitida con una antelación no inferior a los 10 días hábiles, contados desde la fecha en la que habrá de realizarse la diligencia procesal en la cual intervendrá el vocal subrogante." Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — JuLIo S. NAZARENO — EpuarDo MoLINÉ O'Connor — CarLos S. FAYr — Augusto CÉSAR BELLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — GUILLERMO A. F. López — Jorge Algandro Magnoni (Secretario).
VISITAS DE La CORTE SUPREMA a TRIBUNALES FEDERALES.
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En Buenos Aires, a los 12 días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cinco, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:
Que la creación de nuevos tribunales federales, hace necesario adaptar las disposiciones de la acordada 35/86.
Por ello, Acordaron:
1) Modificar el punto 2° de la acordada 35/86 del 9 de septiembre de 1986, el cual quedará redactado así:
"2°) A los efectos de las visitas a realizarse, se considerará dividido el país en las siguientes nueve zonas:
Zona 1: Cámaras Federales de La Plata, Mar del Plata y Bahía Blanca; Tribunales Orales en lo Criminal Federal de La Plata, Mar del Plata, Bahía Blanca y La Pampa y Juzgados Federales de La Plata, Lomas de Zamora, Junín, Mar del Plata, Azul, Dolores, Bahía Blanca y Santa Rosa.
Zona 2: Cámaras Federales de Mendoza y Rosario; Tribunales Orales en lo Criminal Federal de Mendoza, San Juan, San Luis y Rosarioy Juzgados Federales deMendoza, San Rafael, San Juan, San Luis, Rosario, San Nicolás y Santa Fe.
Zona 3: Cámara Federal de General Roca; Tribunales Orales en lo Criminal Federal de General Roca y Neuquén y Juzgados Federales de General Roca, Viedma, San Carlos de Bariloche, Neuquén y Zapala.
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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:1141
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