OSCAR ALFREDO DEBANDI y OTROS RECURSO DE QUEJA: Principios generales.
Debe desestimarse la queja si la cuestión federal alegada en el recurso extraordinario no fue introducida oportunamente en el proceso.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resolucio- .
nes anteriores a la sentencia definitiva. Varias.
La decisión que determina el monto de la caución real en una eximición de prisión es sentencia definitiva cuando de ella se deriva la frustración del beneficio otorgado, pues en ese caso el recurrente vería conculcado su derecho a permanecer en libertad, agravio que sería de imposible reparación ulterior Disidencia de los Dres. Mariano Augusto Cavagna Martínez y Eduardo Moliné O'Connor).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones nofederales. Interpretación de normas y actos comunes.
Es admisible el recurso extraordinario respecto al quantum de la caución en una eximición de prisión, cuando la cámara no ha dado fundamentos suficientes para apoyar el sustancial incremento que establece y su decisión no constituye derivación razonada del derecho vigente (Disidencia de los Dres. Mariano Augusto Cavagna Martínez y Eduardo Moliné O'Connor).
EXCARCELACION.
La caución real no tiene por finalidad asegurar la reparación del daño ocasionado, objetivo este que se cumple mediante la adopción de Jas medidas cautelares dispuestas al dictarse la prisión preventiva (Disidencia de los Dres. Mariano Augusto Cavagna Martínez y Eduardo Moliné O'Connor). + RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Varias. 
Corresponde dejar sin efecto la decisión que incrementó, a valores constantes, en un 9400, según el índice de precios al consumidor nivel general, la caución fijada en la eximición de prisión, prescindiendo de que el procesado llevaba cinco .
años y medio en libertad, y no existían constancias que, a pesar del escaso monto de la anterior caución, permitieran presumir que intentara eludir en oportunidad alguna la acción de la justicia, a lo que cabe agregar su condición de quebrado, y la inhibición general que pesa sobre él (Disidencia de los Dres.
Marinno Augusto Cavagna Martínez y Eduardo Moliné O'Connor).
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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:1905 
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