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Fallos: 316:1756 de la CSJN Argentina - Año: 1993

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 5 de agosto de 1993.

Autos y Vistos; Considerando:

Que los feriados locales no inciden en el cómputo del término para recurrir ante esta Corte por denegación de la apelación extraordinaria Fallos: 302:1140 y 307:2384 ).

Que, en consecuencia, la queja ha sido deducida extemporáneamente art. 282 del Cádigo Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito de fs. 31. Notifíquese y, oportunamente, archívese.


AUGUSTO César BeLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — RICARDO
LEVENE (1H) — MARIANO AuGusto CAVAGNA MARTÍNEZ — EDUARDO MOLiNÉ O'Connor. SERVANDO MENOR y Omos v.

ENTIDAD BINACIONAL YACYRETÁ .

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes federales. Leyes federales en general.

Procede el recurso extraordinario si se encuentra cuestionado el alcance de los arts. 10 y 20 de la ley 21.499, norma de carácter federal, y la decisión final es contraria al derecho que la demandada funda en ella (art. 14, inc. 3" de la ley 48).

EXPROPIACION: Indemnización. Determinación del valor real. Generalidades.

No corresponde admitir el resarcimiento del "valor llave" en materia de expropiación. - - .

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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:1756 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-316/pagina-1756

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