ESCALAFON. CATEGORIAS.
N? 8- - .
En Buenos Aires, a los 17 días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y dos, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:
De acuerdo con lo dispuesto en el reescalafonamiento aprobado por la Acordada N° 7/ 92, resulta necesario, a los fines de su correcta aplicación, la incorporación en el Anexo III de una nueva categoría. Porello, .
Acordaron: ; Incorporar en el Anexo [II -personal de servicio, obrero y maestranza- y a partir del 1 de marzo del corriente año, la categoría de oficial superior de séptima, con una remuneración toral de $ 692,33 (pesos seiscientos noventa y dos con treinta y tres centavos).
Disponer que la Subsecretaría de Administración deberá efectuar las modificaciones que resulten necesarias para adecuar el cargo incorporado a las modificaciones del nuevo .
reescalafonamiento.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe.- RICARDO LEVENE (H) - MARIANO Augusto
CAVAGNA Martín - CARLOS S. FAYt - AuGusto C£sar BELLUsCIO - JULIO S. NAZARENO - EDUAR-
10 MOLINE O'Connor - ANTONIO BOGGIANO - Javier María Leal de Ibarra (Secretario). .
ESCALAFON. ANTIGUEDAD.
N° 9-
En Buenos Aires, a los 18 días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y dos, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:
Que por Acordada N 7/92 la Corte Suprema aprobó un nuevo escalafón para el Poder Judicial de la Nación que implicó el reordenamiento de las categorías y denominaciones del
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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:9
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