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Fallos: 315:856 de la CSJN Argentina - Año: 1992

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JOSE MARIA ORCEIRA
SENTENCIA: Principios generales.

La obligación que incumbe a los jueces de fundar sus decisiones va entrañablemente unida a su condición de órganos de aplicación del derecho vigente no solamente porque los ciudadanos puédan sentirse mejor juzgados, ni porque se contribuya así al mantenimiento del prestigio de la magistratura, sino porque la mencionada exigencia ha sido prescripta por la ley.

SENTENCIA: Principios generales.

La obligación que incumbe a los jueces de fundar sus decisiones persigue la exclusión de decisiones irregulares, tiende a documentar que el fallo de la causa seá derivación razonada del derecho vigente y no producto de la voluntad individual del juez.

"SENTENCIA: Principios generales. .

El mismo sentido republicano de la justicia exige la fundamentación de las senten cias porque esta última es la explicación de sus motivaciones.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que impide conocer los motivos que llevaron al tribunal « quo a disponer el sobreseimiento definitivo si al uso de términos que no existen en el idioma castellano se agrega una sintaxis que conspira contra una clara comprensión de argumentos que no logran fundar mínimamente la resolución.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 28 de abril de 1992.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por José María Orgeira en la causa Orgeira, José Marfa s/querella por falso testimonio -Causa N° 55.656-", para decidir sobre su procedencia. .

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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:856 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-315/pagina-856

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