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Fallos: 315:1975 de la CSJN Argentina - Año: 1992

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DE JUSTICIA DE LA NACION 1975 315 Radio (F.A.R.) integrada por cinco miembros nombrados por el presidente con acuerdo del Senado, antecedente directo de la Comisión Federal de Comunicaciones, creada a su semejanza en 1934, que hasta hoy regula todo lo concerniente a televisión, radio y comunicación en E.E.U.U.

En cuanto a la televisión, nació del enlace de la fotoelectricidad, esto es, la capacidad de convertir, por radiación, la energía eléctrica en energía luminosa; la posibilidad de componer y descomponer las fotografías en líneas de puntos claros u oscuros; y la transmisión por las ondas hertzianas de los millares de puntos que restituyen cada imagen emitida. ° La televisión a partir de 1950 se extendió a escala mundial, reglada por las mismas normas que la radio. Su multiplicación exponencial y extensión a todas las regiones del planeta provocaron cambios cuantitativos y cualitativos que afectaron todos los ámbitos de la vida humana.

7) Que esa expansión, en los E.E.U.U., hizo necesaria una normalización técnica y un mayor ordenamiento de las concesiones de licencias por parte de la Comisión Federal de Comunicaciones (F.C.C.), incluso una reglamentación contra la concentración, limitando a siete las estaciones que podía poseer una misma empresa, lo que no impidió que estas grandes sociedades -networks-, como la N.B.C., la C.B.S. y la A.B.C. dominaran el mercado mediante el sistema de estaciones afiliadas. En 1952 se dictó el Código de la National Association of Radio Television Broadcasters que impuso una serie de limitaciones a la emisión de los programas. En Inglaterra la British Broadcasting Company (B.B.C.) explotaba un único canal de televisión con programas de información, grandes obras de literatura y emisiones de variedades y pruebas deportivas. En julio de 1954, se dictó la Television Act que autorizó la explotación de una nueva cadena de televisión a la Independent Television Authority (L.T.A.), que concedió a 14 empresas privadas, situadas en distintas regiones del país, autorización para producir programas. Otro tanto puede decirse de Italia y Alemania y de los restantes países occidentales. Es decir, en un principio, todos los países europeos confiaron la regulación de la televisión y su monopolio a organismos públicos o mixtos, financiados por impuestos. Esta situación se modificó parcialmente al darse intervención a los intereses privados, lo que dio origen a un sistema mixto, de cadenas nacionales y de carácter privado para las estaciones provinciales o locales. Este sistema mixto existe en la mayoría de los países de América Latina. Francia mantiene el sistema del monopolio estatal, en tanto países como Bélgica, Italia y Alemania han concilia

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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:1975 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-315/pagina-1975

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