315 en la suma de cuatrocientos seis mil quinientos pesos ($ 406.500), los del Dr. Emilio E. Ferrer en la de ochenta y un mil trescientos cincuenta pesos $ 81.350), los del Dr. Máximo Padilla en la de trescientos sesenta y cin- co mil novecientos pesos ($ 365.900), los del Dr. Oscar Arias en la de doscientos cincuenta pesos ($ 250) y los de los Dres. Rubén Darío Bianchi y Nazareno Picolotti, en conjunto, en la de setecientos sesenta y un mil ciento cincuenta pesos ($ 761.150). En cuanto a la tarea cumplida en el incidente de beneficio de litigar sin gastos, se regulan los honorarios de los Dres. Jorge V. Miguel, Emilio-E. ' Ferrer, Máximo Padilla y Ricardo Cichero en las sumas de tres mil cuatrocientos cincuenta pesos ($ 3.450), quinientos cincuenta pesos ($ 550),.tres mil cuatrocientos cincuenta pesos ($ 3.450) y ciento ochenta pesos ($ 180); respectivamente y los de los Dres. Rubén Darío Bianchi y Nazareno:
Picolotti, en conjunto, en la de seis mil cuatrocientos pesos ($ 6.400): (arts. 33, 39 y conc. de la ley citada). Asimismo, regúlanse los honorarios del Dr. Máximo Padilla en la suma.
de mil seiscientos pesos ($ 1.600), por los incidentes resueltos a fs. 91, 137 y 769/79; los del Dr. Emilio E. Ferrer en la de trescientos veinte pesos.($.
320), por el incidente resuelto a fs. 91; los del Dr. Rubén Darío Bianchi en la de mil seiscientos pesos ($ 1.600), por los incidentes resueltos a fs. 137, 352/352 vta. y 1006/1006 vta. y los del Dr. Nazareno Picolotti en la de trescientos veinte pesos ($ 320), por el incidente de fs. 352/352 vta.
Notifíquese.
ROBERTO DANIEL ALONSO y Otros v. DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Exclusión de las cuestiones de hecho. Reglas generales.
Lo resuelto sobre temas de hecho, prueba y derecho.común, admite revisión en supuestos excepcionales, cuando se ha prescindido de considerar las concretas cir >
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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:1627
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