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Fallos: 314:27 de la CSJN Argentina - Año: 1991

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CAVAoNa Martínez — RoboLroC. BARRA— AUGUSTO C£sar BeLLuscio-— JuL1oS. NAZARENO — EDUARDO MoLIN£ O" Connor — ANTONIO BoaGIano— Claudio Marcelo Kiper (Secretario).


CEDULAS DE NOTIFICACIONES.

INSTRUCCIONES ESPECIFICAS PARA SU CONFECCION.
En Buenos Aires, a los 30 días del mes de julio del año mil novecientos noventa y uno, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor Presidente doctor don Ricardo Levene 1), el señor Vicepresidente primero doctor don Mariano Augusto Cavagna Martínez, el señor Vicepresidente segundo doctor don Rodolfo Carlos Barra y los señores Jueces doctores don Carlos S. Fayt, don Augusto César Belluscio, don Eduardo J. Moliné O'Connor, don Julio Salvador Nazareno y don Antonio Boggiano, Consideraron:

Que se han planteado diversos problemas con relación al diligenciamiento de cédulas de notificaciones dirigidas a domicilios legales, derivados de la orden impartida a los oficiales notificadores de proceder como si se tratara de domicilios constituídos procesalmente, Por ello, , .

Acordaron: - Sustituir el acápite 2.6 del punto 2", "Instrucciones específicas para su confección", contenido en el artículo 3° de la acordada 13/87, por el siguiente texto: "2.6 Donde dice: Tipo dedomicilio, deberá consignarse únicamentesi setrata de domicilio denunciado o constituído".

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mf, que doy fe.— RICARDO LEVENE (11) — Mariano AUGUSTO CAVaoNa Martínez — Roporro C. BARRA — Car1os S. FaYr — Augusto Cesar BLLuscio —JuLtoS. NAZArENo — EpuArDo MoLINfO"Connor — Antonio Booctano — Claudio Marcelo Kiper (Secretario).

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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:27 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-314/pagina-27

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