XIIL- Que con relación al último de los aspectos señalados y frente a las características del régimen de autarquía, se hace imprescindible contar con un mecanismo de ajuste en materia de créditos e ingresos, que permitan afrontar dicho crecimiento.
XIV.-Queesa mecánica consiste en la determinación de un valor base que permita atender las erogaciones corrientes de carácter ordinario necesarias para el adecuado funcionamiento del Poder Judicial, garantizando el refuerzo -mediante aportes no reintegrables- de la diferencia entre la menor recaudación producida y el nivel que se establezca.
XV.- Que tal valor será establecido en función de la dotación actual de personal, por lo que todo crecimiento ocasionará su variación automática en el porcentaje del incremento operado. La eventual concurrencia de otros factores no previstos (por ejemplo: juicio oral) que alteren la base de cálculo efectuada- dará lugar a la modificación de la cifra que se establezca, en la medida de su incidencia.
XVI.- Que lo señalado en los dos últimos considerandos no empece mantener el actual sistema de anticipos reintegrables con observancia del artículo 5" de la ley 23.853.
XVII.- Que en atención a la envergadura que generalmente demandan las inversiones destinadas a la adquisición de inmuebles, imprescindibles para la instalación de nuevos tribunales, resulta de necesidad propiciar la inclusión en el presupuesto de la Administración Nacional de ese rubro de gastos, introduciendo la modificación pertinente en el artículo 2 de laley de autarquía. Ello obedece asimismo a que en innumerables oportunidades se ha vivido la experiencia de resultar más conveniente -en costo y tiempo- la compra de un edificio antes que recurrir a su construcción.
Quecon relación a la Cuenta Especial "Fondo Nacional de la Justicia" se fijan los recursos propios en la suma de australes doscientos sesenta y dos mil novecientos ochenta y nueve millones (262.989.000.000,-), importe resultante de anualizar la recaudación operada en el mes de julio ppdo., cuyo destino se discrimina en la patte resolutiva.
Por ello, Acordaron:
1) Fijar el presupueto de gastos de la Jurisdicción 05 - Poder Judicial de la Nación para el Ejercicio Financiero 1992 en la suma de CINCO BILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL
SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL
AUSTRALES(A 5.306.676.270.000.-), conforme al siguiente detalle:
a) CARACTER "O ° - ADMINISTRACION GENERAL Inciso 11 PERSONAL ...n..ememmencennrae nene AE 4.158.509.986.000. Inciso 12
BIENES Y SERVICIOS -
NO PERSONALES -.......——em.—=0=emeneverenans De 435.987.425.000. Inciso 31
TRANSFERENCIAS PARA
FINANCIAR EROGACIONES
CORRIENTES .......emmmmenmcrenenenacacenenees DE 5.422.030.000.- .
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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:31
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