Entiende además, que el decisorio recurrido ha vulnerado las garantías constitucionales del debido proceso. ya que no haconsiderado elementosesenciales para la correcta decisión del litigio. omitiendo la consideración de la prueba conducente a la correcta solución de la causa, —IV— Como se ha señalado, la escueta argumentación con que el a quo pretende dar sustento al fallo en ataque. parte de una supuesta antinomia probatoria entre los dichos del encartado y damnificado. que a su entender. por no existir otro elemento de convicción que permita resolverla. crea el estado de incertidumbre que conduce al in dubio pro reo según legisla el artículo 13 del C.P.MP.
Este silogismo resolutorio de la sentencia en crisis, enuncia una premisa falsa que además de acarrear también la falsedad de Ta conclusión absolutoria, hace notoria la ilogicidad del planico y su consecuente arbitrariedad, toda vez que al omitirse el cómputo de toda la prueba independiente recabada en el proceso, excede los límites de razonabilidad en la valoración de la prueba. contraviniendo los principios de la sana crítica.
Sibien. cn principio. aparece la presente como una cuestión de apreciación de pruebas. materia reservada a los jueces de la causa y por ende, no susceptible de revisión en la instancia extraordinaria, en el caso no existe ese obstáculo para que V.E. pueda conocerla, ya que en basc a la doctrina de arbitrariedad se procura asegurar la garantía de la defensa en juicio y del debido proceso. exigiendo que las sentencias sean fundadas y que constituyan derivación razonada del derecho vigente con aplicación de la circunstancia comprobadas cn la causa.
Advierto. como dije. que la sentencia apelada presenta ese vicio, pues sus fundamentos son aparentes, al haberse valorado sólo parcialmente los elementos de juicio. con supresión de aquellos que revisten importancia fundamental para la .
conclusión condenatoria a que sc habría arribado, de tenerlos en consideración:
Por cllo mantengo la queja, toda vez que las evidencias no consideradas.
poseen cl carácter de prueba fundamental y su importancia se pone de relieve al aplicar cl método de inclusión hipotética en el razonamiento que las ignoró. De tal forma. incluidas las pruebas omitidas. además de quedar destruida la tesitura defensiva del imputado. la versión de la víctima se sitúa cómodamente cnel estadio de la certidumbre racional. .
Entalorden de pensamiento, la mendacidad de la declaración de Lavia. se pone
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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:830
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