Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal ¿Disidencia parcial del Dr. Carlos S.
Fayo.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires. 6 de noviembre de 1990.
Vistos los autos: "Pastorc. Alfredo e/Caja de Retiros. Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal s/solicitud ley 23.278 (amnistín)". Considerando:
Que el pronunciamiento de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. al dejar sin electo la resolución 583/88 del Ministerio del Interior así como la pertinente de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal. dispuso que la solicitud sc juzgara nuevamente en sede administrativa a la luz de la modificación introducida en el régimen jubilatorio del peticionante por la aplicación de la ley 23.623. Contra aquél. el ente previsional afectado interpuso el recurso extraordinario que fue concedido a fs. 89.
Que la sentencia impugnada no reviste carácter definitivo toda vez que la procedencia sustancial del pedido en función de Jas nuevas disposiciones legales será objeto de nuevo examen por la autoridad concedente en sede administrativa.
De uhí que el remedio federal resulte improcedente (Fallos: 302:1013 : 305:1962 :
entre otros) sin que la invocación de arbitrariedad o violación de garantías constitucionales pueda suplir la ausencia del mencionado requisito.
Por cello. se declara inadmisible el recurso extraordinario.
RICARDO LEVENE (11) — MARIANO Augusto CAVAGNA —MARTINEZ — CArLos S. FAYT (en disidencia parcial) — AUGUSTO CEsar BELLUSCIO —
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — Roborro C.
Barra — JuLio S. NAZARENO — Jullo C.
OVIANARTE.
DISIDENCIA PARCIAL DEL SEÑOR MINISTRO DUCTOR DON CARLOS S. FAYr Considerando:
1") Que el recurso extraordinario no se dirige contra una sentencia definitiva o
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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:1106
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