VICENTE AMERICO ANTONIO EMILIO PRIORE v. CAJA ve PREVISION
SOCIAL rara MARTILLEROS y CORREDORES PUBLICOS
DE LA PROVINCIA De BUENOS AIRES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos locales en general.
Esadmisible el recurso extraordinario contra la sentencia que rechazó la demanda. contencioso administrativateudiente a que se dejara sin efecto la resolución del Comejo Superiorde la Caja de Previsión Social para Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Buenos Aires, que hubía denegado la jubilación extraordinaria por entender que el solicitante no había acreditado ejercicio profesional de conformidad conlo dispuesto por los arts. 15 y 19 de laley 7014 de Buenos Aires. pues en tanto la decisión requiere a los fines del otorgamiento o denegación de un beneficio exigencias que exceden los términos de la ley, vulnera derechos que cuentan con garantías constitucionales (1).
JUBILACION Y PENSION. .
Si las disposiciones respectivas (art. 38 de la ley 7014 de Buenos Aires) autorizan a realizar una contribución mínima, sin efectuar ninguna aclaración al respecto, mal puede la caja. al tiempo de acreditarse los restantes requisitos, negar el beneficio. máxime ví se está privando de la protección previsional a quien, por su estado de xalud, ya no está en condiciones de reimertarse en el mercado laboral y de contribuir a vtro sistema que le permita un resguardo para su vejez.
RODOLFO GUIDO EIBEN y OTRO v. COMPAÑIA AZUCARERA
CONCEPCION S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. Planteamiento en el escrito de interposición del recurso extraordinario.
Es inadmisible el recurso extraordimario, si la cuestión federal alegada no ha sido decidida por ta cámara, ni cabe entender que medie resolución contraria implicita al respecto, pues no fue oportunamente introducida en el proveso (2).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propias. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias.
Improcedencia del recurso.
Es inadmisible el recurso extraordinario, si no se advierte un caso de arbitrariedad que 1) 23 de octubre.
2) 23 de octubre.
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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:1075
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