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Fallos: 312:899 de la CSJN Argentina - Año: 1989

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y suscripta, según el selloaclaratorio, por Acdel EdgardoVilas, General de Brigada, Comandante de la Vta. Brigada de Infantería.

A fs. 206, presta declaración indagatoria, el 28 de mayo de 1975 .

Francisco Carrizo, quien rectifica sus declaraciones anteriores, reconociendo únicamente haber concurrido a campamentos de la organización extremista en el monte tucumano y denuncia haberlas firmado sin enterarse de su contenido.y bajo amenazas por parte de las autoridades policiales. A fs. 207, presta declaración indagatoria José Martín Paz, en la misma fecha, limitándose a ratificar sus declaraciones anteriores.

Afs.207vta./208, presta declaración indagatoria, a continuación de Paz, Rubén Jesús Emperador, quién reconoció haber concurrido a los campamentos establecidos en la zona rural por el ERP, pero niega terminantemente haber participado en los hechos mencionados en su declaración policial denunciando que la suscribió bajo amenazas efectuadas por quienes lo habían detenido.

El mismo día, Fermín Angel Núñez y Miguel Norberto Vivanco ratificaron en sede judicial sus dichos anteriores (fs. 208 vta./209), rectificando éste último sólo lo relativo a su participación en el intento de copamiento del Regimiento de Infantería Aerotransportada de Catamarca.

Por último, Angel Oscar Villavicencio niega terminantemente haber participado en los hechos consignados en su declaración policial, a la que desconoció en su totalidad, indicando que la suscribió, bajo la amenaza constante de ser sometido a tormentos (fs. 210).

Afs. 213, se agrega el acta de detención de Florencio Antonio Nieva, aquien se adjudicó el nombre de guerra "Martín", fechada el 27 de mayo de 1975.

Según consta a fs. 218/20, el nombrado prestó declaración espontánea el mismo día en la que habría reconocido su participación en la banda terrorista y en los hechos contra las poblaciones de Los Sosa y Santa Lucía, como también en los homicidios de Eudoro Ibarra y Héctor Saraspe y en el atentado contra la familia Viola.

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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:899 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-312/pagina-899

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