ENRIQUE $. SPINEDI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso. .
No se advierte arbitrariedad que justifique la intervención de la Corte en el caso en que el a quo dejó sin efecto la sanción impuesta a un letrado por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (1).
Del texto del art. 1" de la ley 23.187, que establece que "La protección de la Hbertad y la dignidad de la profesión de abogado forma parte de las finalidades de esta ley y ninguna de sus disposiciones podrán entenderse en un sentido que la menoscabe o restrinja" se infiere claramente que tiene en miras a la profesión de abogado y no sólo a los individuos que la ejercen (Disidencia del Dr. Carlos S.
Fayt).
ABOGADO. .
La profesión de abogado tiene una notoria trascendencia en la vida organizada de la sociedad, en tanto son los abogados la primera guía de los justiciables en relación a la procedencia de sus derechos y sus patrocinantes cuando aquéllos llegan a los estrados judiciales (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
ABOGADO.
Es en atención a la elevada función del abogado que el art. 5" de la ley 23.187 establece que en el ejercicio profesional estará equiparado a los magistrados en cuanto a la consideración y respeto que se le debe y el art. 7", inc. e), le impo-" ne comportarse con lealtad, probidad y buena fe (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
ABOGADO. . -
Es inadmisible disculpar graves expresiones vertidas por un abogado en un escrito aduciendo que ellas fueron vertidas en un litigio judicial ya que es precisamente en ese ámbito donde se desarrolla aquella parte de la profesión en la que cabe extremar las exigencias con miras a preservar la dignidad en su ejercicio (Disidencia del Dr. Carlos 8. Fayt). .
1) 9 de Febrero.
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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:148
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