LUCIA MEJAIL Y CIA. 5. R. L. v. MUNICIPALIDAD ve 11 CIUDAD DE ' BUENOS AIRES RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpre tación de normas y actos comunes. - Es ajeno al recurso extraordinario establecer si la venta de billetes de lotería y tarjetas de "Prode" constituye o no venta de bienes o prestación de servicios a título oneroso (1). . - RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. Planteamiento en el escrito de interposición del recurso extraordinario.
Es extemporáneo el planteo de inconstitucionalidad que sólo aparece formulado en el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que, con fundamentos coincidentes, confirmó la dictada en la primera instancia. ROLANDO VALENTIN PEREZ CONSTANZO y Otros v. NACION ARGENTINA (PODER JUDICIAL de la NACION — CORTE SUPREMA DE JUSTICIA de la NACION) RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos locales en general.
La efectiva existencia de otras vías legales para la tutela del derecho que se dice conculcado y que es materia de la acción de amparo, es cuestión de hecho y de interpretación de normas locales, ajena a la competencia extraordinaria de la .
Corte, salvo arbitrariedad. RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de la Constitución Nacional. . La sentencia recaída en una acción de amparo es revisable por la vía del recurso extraordinario en tanto trate el alcance de las normas constitucionales y no cuando uno de los fundamentos autónomos de la desestimación del amparo reside en que los demandantes cuentan con otras vías para la tutela-de sus eventuales derechos. . E.
1) 4 de febrero.
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:59
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