porlo que si el demandado atribuye a la culpa de la contraparte la producción del accidente, debe acreditar tal aserto (1).
ACCIDENTES DE TRANSITO.
El hecho de que el vehículo presente las hucllas del impacto en su frente no basta para atribuir la culpa a su conductor si tales daños fueron consecuencia de la maniobra de giro a la izquierda que, de improvisa, efectuó el otro vehículo y que implicó doblar en forma antirroglamentaria pese a la existencia de carteles que lo prohibían.
EMILIA B. OCHOA DE SOBRON v Omas v. PROVINCIA ox BUENOS AIRES
REIVINDICACION. La reivindicación dirigida contra quien ha adquirido la cosa en virtud de un acto viciado de nulidad, hace indispensable la anulación de ese acto que, si bien puede ser requerida en el mismo juicio donde se ejercita aquella acción real, resulta ser su presupuesto indispensable.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 1 de diciembre de 1988.
Vistos los autos: "Ochoa de Sobron, Emilia B. y otras c/ Buenos Aires, Provincia de s/ reivindicación", de los que Resulta:
1) A fs. 152/159 se presentan las Sras. Emilia Basilisa Ochoa de Sobrón, Ana María Sobrón e Irene Alicia Sobrón e inician demanda por reivindicación e indemnización de los daños y perjuicios respecto de los inmuebles señalados como lotes 9 y 10 de la manzana 82 del Parque Peralta Ramos de la Ciudad de Mar del Plata. En cuanto a la primera acción, la dirigen contra Mediterráneo S. R. L, Jorge Oscar Pricolo, Fernando José Antonini, Víctor Cándido de Filippis, Miguel Angel 1) 1 de diciembre. Fallos: 310:2804 . Causa: "Provincia. de Buenos Aires d/ Romero, Eulogio", del 22 de diciembre de 1987.
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:2522
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