mencionada ley a los ex-jefes de Policía de Salta y Jujuy, coroneles Carlos Alfredo Carpani Costa y Angel Mario Medone. Asimismo, el tribunal entendió que los oficiales superiores del Ejercito Carlos Alberto Mulhall, Mario Aguado Benítez, Carlos Néstor Bulacios y José María Bernal Soto, por haberse desempeñado como jefes de área en la lucha antisubversiva, tuvieron capacidad decisoria y participación en la elaboración de órdenes, por lo que no se encuentran alcanzados por la presunción de haber actuado en virtud de obediencia debida. Por otra parte, la mencionada Cámara declaró incluidos en dicha presunción a los oficiales superiores de policía Roberto Heriberto Albornoz, Ernesto Jaig y Mussa Azar, respecto de quienes dejó sin efecto el procesamiento fs. 153/155).
2) Que el mismo tribunal de alzada dejó sin efecto el llamado a .
prestar declaración indagatoria del oficial jefe Miguel Raúl Gentil por considerarlo comprendido en el art. 12, párrafo primero, de la ley 23.521 decisión que se encuentra firme; en tanto que declaró excluidos de ella a los oficiales superiores Daniel Virgilio Correa Aldana y Alberto Carlos Lucena, por entender que, prima facie, tuvieron capacidad decisoria y participación en la elaboración de órdenes (fs. 423 y 452).
3) Que contra las decisiones individualizadas en los considerandos precedentes interpusieron recursos ordinarios de apelación (art. 5° de la ley 23.521) los procesados (con excepción del General Menéndez) y/ o sus defensores y los representantes de los particulares damnificados sólo respecto de la de fs. 153/155 y en la medida de su agravio, los que fueron concedidos.
4) Que el Tribunal comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador General en esta causa y los emitidos in re:J. 56, XXI, "Jofré, Julia J. formula denuncia"; M. 747, XXI, "Menéndez, Luciano Benjamín y otros s/ p. ss. aa. de delitos cometidos en la represión de la subversión", y R. 492, XXI, "Riveros, Santiago Omar", a cuyos términos corresponde remitirse por razón de brevedad. .
Por ello, se resuelve: .
1. — Revocar los puntos I y III de la resolución de fs. 153/155, y en consecuencia declarar incluidos en la presunción del artículo 12, primer párrafo, de la ley 23.521, a Antonio Domingo Bussi, Luis Santiago Martella, Carlos Carpani Costa y Angel Medone, respecto de quienes
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:1112
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