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Fallos: 310:39 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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taría Judicial N° 3,- hasta tanto. se provea al nombramiénto. definitivo por conTodo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. los Severo Ca
BALLERO — AUGUSTO César BErtuscio — Canos S. FAyr — JoneE ANTONIO
Bacquí. Eduardo D. Craviotto (Secretario).

" CONJUECES. - — : . —N9 29.

En Buenos Aires, a los 4 días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y siete, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal el señor Presi- ° dente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don" José Severo Caballero y, los señores jueces doctores don Augusto César Juan Belluscio, don Carlos S. Fayt y don Jorge Antonio Bacqué.

Consideraron: - — 19) Que la actuación de los conjueces de la Corte Suprema, según lo dispuesto por la acordada 25/86 vence el 31 de julio.

29) Que la ley 23.498 (art. 19) sustituyó el art. 22 del decreto-ley 1285/58 y dispuso que los conjueces de este Tribunal serán designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado.

39) Que el art.. 3? de la ley establece que hasta que se produzca el nombramiento de por lo menos 2/3 de los conjueces para formar la lista respec"tiva, seguirán aplicándose las normas sustituidas, .

Por ello, - Prorrogar la vigencia de la actuación de los señores conjueces designados mediante la acordada 25/86 hasta que el Poder Ejecutivo -haga efectiva la designación correspondiente. - ! Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y regístrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. JosÉ SEvero Ca- ,

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:39 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-39

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