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Fallos: 310:2562 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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dual" y que se había aplicado, entre otros, en los precedentes de 206 U.S. 46, 283 US. 336, 259 U.S. 419 y 325 U.S. 589. En este último caso, precisamente, aunque se aceptó que la prioridad en el uso es un prinCipio rector, se sostuvo que usos más recientes podían prevalecer si eran más beneficiosos y amparaban una "established economy" (Ne:

braska c/Wyoming). Esa teoría calificada como "flexible" y que lleva implícito "el ejercicio de un criterio judicial fundado en un sinnúmero de circunstancias de hecho", obligaba a considerar las "condiciones "físicas y climáticas, el aprovechamiento de las aguas para consumo en las diversas secciones del río, la magnitud y la frecuencia de los reflujos, la extensión de los usós ya establecidos, la capacidad de los depósitos de agua, el efecto concreto que produce la disipación del recurso en las áreas de aguas abajo y el daño de las superiores comparado .

con el beneficio de aquéllas si se les impone una limitación en el uso".

121) Que estas y otras pautas de "orientación fueron propuestas como elementos adicionales por la Corte al "Special Master" admitiendo como un presupuesto sustancial de su decisión que el "principio de N equidad que fundamenta la protección de las economías existentes es generalmente vinculante (will usually be compelling) (pág. 358). La razón que lo justifica es, a juicio del Tribunal, que el quebrantamiento de los usos ya establecidos origina un daño inmediato en tanto que los usos ya establecidos origina un daño inmediato en tanto que los beneficios de una derivación propuesta resultan conjeturales. Pero sus alcances podrán atenuarse o dejarse de Jado cuando el estado que pretende la derivación demuestre en forma clara y convincente que los beneficios que ella ocasiona sobrepasan cualquier daño que pueda resultar.

122) Que satisfechos los requerimientos de la Corte, ésta dictó sentencia definitiva el 4 junio de 1984 y rechazó la pretensión de Colorado con la sola disidencia del juez Stevens. El juez O'Connor informó el caso que fue apreciado, en el aspecto probatorio, mediante una pauta clara y convincente (clear and convincing evidence).

"En oposición al proceso ordinario" —dijo O'Connor— que es juzgado por una pauta de "predominio de evidencia" (preponderance of the evidence), para decidir sobre la regulación sobre el uso de las aguas es necesaria una prueba terminante del derecho porque —reiteraba—

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2562 
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