310 DE JUSTICIA DE LA NACIÓN " 1885 DEPRECIACION MONETARIA: Principios generales.
El reconocimiento del reajuste monetario deriva de la variación del valor de la moneda, que se da con independencia de la situación de mora (1).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancios de hecho y prueba.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que rechazó la. demanda tendiente a obtener el pago del reajuste por depreciación monetaria de habe res de retiro diplomático, si la nota tomada en cuenta como causa imputable al beneficiario en la percepción tardía de sus haberes de retiro .
no tiene relevancia a los efectos de considerar al actor culpable de la demora y eximir a la administración de pagar lo adeudado debidamente actualizado, por lo que no se verifican las circunstancias previstas en el art. 5 de la ley 21.864. .
JAIME JUAN ESPINOSA GAMBOA RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia. Causas criminales. El recurso ordinario del art. 24, inc. 69, ap. b), del decreto-ley 1285/58 se refiere a las sentencias definitivas dictadas en causas sobre extradición de criminales reclamados por países extranjeros. . .
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. Causas criminales.
El recurso ordinario del art. 24, in£ 69, ap. b), del decreto ley 1285/58 no comprende a la resolución sobre competencia para conocer en el proccdimiento de extradición pasiva.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Cuestiones de competencia.
La doctrina conforme a la cual el auto que resuelve una cuestión de competencia reviste, en relación a ese punto, el carácter de sentencia defini1) Fallos: 310:752 , 1110.
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1885
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