nencia de, Niesich en "El Banco" y su traslado a "El Olimpo" en el caso de este último. Además, han de evaluarse los dichos de Olga Gasparini, en cuanto relata la circunstancia en que ésta, acompañada de su hijo también detenido, eran llevados a su domicilio a efectuar visitas custodiados por personas vestidas de civil y armadas, > — Por su parte, no está probado que Irma Niesich haya sido vista luego de ello en libertad. .
Ello resulta así, puesto que ninguna probanza se ha incorporado a la causa que permita afirmar lo contrario.
D Por último, surge de autos; que el hecho que damnificó a Irma Niesich fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho N° 146.
CASO N° 313: ZALDARRIAGA, ROBERTO ALEJANDRO
Está probado que Roberto Alejandro Zaldarriaga fue detenido en horas de la madrugada del mes de junio de 1978 en el domicilio de su madre sito en la calle Monte Egmont 277 de la localidad de Isidro Casanova, Provincia de Buenos Aires, por un grupo armado dependiente operacionalmente del Primer Cuerpo de Ejército.
Obran agregados por cuerda a estas actuaciones, los testimonios de la causa 9127 caratulada "Privación ilegal de la libertad calificada" en los que resultan víctimas "Zaldarriaga, Roberto A. y Nie sich, Irma", que tramitan ante el Juzgado en lo Penal N° 6 de Morón. Esta causa tuvo su inicio a raíz del resultado negativo de la acción de hábeas corpus promovida por Olga Gasparini de Zalda- .
rriaga, madre del beneficiario.
A fs.. 30 de la causa indicada, prestó declaración testimonial la madre de la víctima. En ella expresó que el día 20 de junio de 1978, en horas de la noche, se hicieron presentes en su domicilio un grupo armado cuyos componentes dijeron pertenecer a las fuer N . -
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:955
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