330, 331, 332, 335, 336, 339, 340, 342, 347, 348, 353, 353 bis, 359, 360, — 363, 364, 370, 371, 379, 382, 383, 384, 391, 402, 403, 404, 406, 407, 408, 412, 413, 414, 432, 440, 446, 448, 449, 450, 455, 459, 462, 476, 479, 480, 484, 485, 489, 495, 496, 497, 499, 500, 501, 505, 506, 507, 511, 518, 519, 520, 524, 525, 529, 564, 568, 569, 578, 590, 591, 592, 593, 594, 596, 597, 598, 599, 614, 620, 623, 624, 626, 629, 630, 631, 632, 633, 634, 635, 636, 637, 638,639, 659, 660, 666, 667, 669, 690, 693, 697 y 698) —arts. 55 y 277, inc: 6, del Código Penal—.
7) Falsedad ideológica, reiterado en quince oportunidades, (Ca- N sos 129, 130, 153, 168,213, 261, 298, 313, 339, 391, 406, 407, 408, 519, 597 y 636) —arts. 55 y 293 del Código Penal—. .
IX. Situación. del Brigadier General (R) Basilio Arturo Lami Dozo.
De acuerdo a lo expuesto con anterioridad, no hay prueba alguna de que personal e Fuerza Aérea haya intervenido en la "represión ilegal respondiendo a órdenes de su Comandante desde que fuera destruido el centro clandestino llamado "Mansión Seré".
En consecuencia, ninguna de los hechos objeto de este pro ceso pueden serle atribuidos al Brigadier Lami Dozo, resultando .
de aplicación lo dicho para el procesado Anaya habida cuenta de Ja similitud de situaciones.
e. Corresponde entonces absolverlo de los siguientes delitos:
— -. 1 Privación ilegal de la libertad (caso 237) —artículo 144 bis, inciso 1, del Código Penal—. , .
1 2? Tormentos (caso 237) —artículo 144 ter. del Código Penal según ley 14. 616—. - .
39 Encubrimiento, reiterado en doscientas treinta y nueve oportunidades, (casos 6, 7, 8, 9, 10, 11, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 82, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 93, - 94, 97, 98,:99, 100, 101, 104, 105, 105 bis, 106, 107, 111, 113, 114, 122,
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1635
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