— femenino, es de una mujer que vivía en la zona y qué relación podía haber entre ambos. - _ Como un dato más, se debe hacer notar que debido a haberse hallado en el interior del vehículo. un arma, por el incendio del mismo tomó intervención la autoridad militar. En ese sumario, el tribunal castrense sobreseyó provisionalmente. Tampoco se ha demostrado que Ricardo Adrián Pérez haya recuperado su libertad. .
No volvió a ser visto ni se tuvieron más noticias de él.
Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Ricardo Adrián Pérez fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en .
la cuestión de hecho Ne? 146. CASO N° 590: SKLATE, JORGE ANGELICO y Está probado que el día 8 de junio de 1977, Jorge Angélico Sklate fue privado de su libertad, juntamente con su esposa Teresa Beatriz Soria de su domicilio sito en la calle 5, casa 620, Barrio Municipal, Villa Constitución, Pcia. de Santa Fe, por personal que dependía operacionalmente del Ejército Argentino.
Ello es así en virtud de lo manifestado por José Daniel Sklate, — hermano de la víctima, en el recurso de hábeas corpus que tramitara ante el Juzgado de Instrucción de la Quinta Nominación de" .. .
Ja Provincia de Santa Fe, bajo el N° 883. Que si bien José Sklate no presenció el hecho indica que un hijo de su hermano, el día del secuestro, fue dejado por personal uniformado en la casa de un vecino con la recomendación que fuera entregado a un familiar ya que sus padres habían sido detenidos. Esta declaración es ratifi- cada por el hermano de la víctima en la causa que por la privación .
ilegal de la libertad de Jorge Sklate y su esposa se tramitara ante el Juzgado de Instrucción de la Tercera Nominación de Santa Fe, bajo el N° 1 bis.
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1366
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