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Fallos: 308:30 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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Acordaron: - 1) Crear una Comisión Honoraria integrada por los doctores Carlos Polak, .

Juez de la Cámara Nacioral' de Apelaciones Especial en lo Civil y Comercial; Alfredo Jorge Di lorio, Fiscal de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, y Carlos Raúl Ponce, Juez de Primera Instancia en lo Civil, para que analice los problemas que se suscitan con relación al desarrollo de subastas judiciales y proponga las medidas necesarias para su solución.

Las conclusiones a que arribe dicha Comisión deberán comunicarse opor- tunamente a esta Corte Suprema. .

2) Hacer saber la presente acordada a las Cámaras Nacionales de Apelaciones en lo Comercial, en lo Civil.y en lo Especial Civil y Comercial, a sus efectos. ' Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. los SEVERO CABALLERO — AuGusro César BELLUSCIO — CArLos S, FAyr —, ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHT — JoRGE ANTONIO -Bacqué. Eduardo D. Craviotto (Secretario). .


FERIA JUDICIAL DE JULIO. DESIGNACION
DE AUTORIDADES. —- — Ne 24— En la Ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y seis, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el sefor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don José Severo Caballero, y los señores jueces doctores don Augusto César Belluscio, don Carlos S. Fayt, don Enrique Santiago Petracchi y don Jorge Antonio Bacqué, con el objeto de nombrar Jueces de Feria en la Corte Suprema para el mes de julio del corriente año, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 75 del Reglamento para la Justicia Nacional y a los funcionarios de los Ministerios Públicos, Resolvieron designar: - .

1) A los doctores don José Severo Caballero y suplente a don Augusto César Belluscio como Jueces de Feria en la Corte Suprema.

2) Al doctor don Juan O. Gauna a cargo de la Procuración General de la Nación.

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:30 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-308/pagina-30

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