de que fueron a buscar a la casa parroquial solamente al padre Carlos Murias, a quien hallaron en compañía del padre Gabriel Longueville, al que también llevaron a la base del Centro de Experimentación de Lanzamientos de Propulsión Autoguiada perteneciente a la Fuerza Aérea, lugar en que los sacerdotes fueron interrogados sobre "su militancia, vinculación de Angelelli con Puigjané, información que estaba por sacar el obispo, si efectuaban adoctrinamiento con Puigjané de gente con la que había habido problemas en 1975...". Concuerdan también en la forma en que llegaron hasta Chamical, previo paso por el aeropuerto de Pajas Blancas, Córdoba, en donde los habría recibido un oficial de Fuerza Aérea, entregándoles los automóviles en los que viajaron hasta Chamical y las órdenes que debían cumplir (fs. 684, 919 y 921 del principal).
10) Que de ser exactas las declaraciones de Sánchez y Lapellegrina antes mencionadas, en la base aludida los. sacerdotes fueron interrogados y sometidos a malos tratos o torturas, en presencia, según afirman, del comodoro Aguirre, del comodoro Luis Fernando Estrella, del general de brigada Jorge Malagamba, de los policías provinciales Vera, Romero, Cobressi, de los declarantes Sánchez y Lapellegrina Taselli, y de otras personas del "grupo operacional" o también ajenas a él.
Inclusive, Sánchez narra que discutió con Lapellegrina sobre el trato dado al padre Longueville, y que prefirió permanecer fuera de la habitación donde se estaba interrogando a este sacerdote, .
pero que llamado por Lapellegrina, que le pidió ayuda, entró en el recinto y efectuó un disparo contra el párroco, que se encontraba arrodillado, produciéndole una herida. Explica Sánchez que esto "obedeció a motivos piadosos. Sin embargo, el interrogatorio continuó. . - .
Los dos sacerdotes fueron, al fin, y siempre a tenor de las manifestaciones de los nombrados declarantes, conducidos a un descampado a siete kilómetros al sur de Chamical, por la ruta N° 38, lindero a las vías del Ferrocarril Gral. Belgrano. Allí se les dio muerte mediante disparos de armas de fuego, en presencia, según los dichos analizados, del Gral. Malagamba y el comodoro Aguirre,
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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:2388
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