LEY: Interpretación y aplicación.
Hacer justicia no importa otra cosa que la recta determinación de lo justo in concreto, lo que se logra con la realización del derecho de acuerdo con las situaciones reales que se pretendan.
LEY: Interpretación y aplicación. . .
Se torna exigible conjugar 'los principios eminciados en la Jey con los elementos fácticos del caso, para que la decisión jurisdiccional resulte .
jurídicamente valiosa cuidando especialmente que la inteligencia que se les asigne no pueda llevar a la pérdida de un derecho, o el excesivo rigor de los razonamientos no desnaturalice el espíritu que ha inspirado su sanción, . . .
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Improcedencia del'recurso. No se advierte un caso de arbitrariedad que justifique la intervención de la Corte, materia ajena -a su competencia extraordinaria, en la sentencia que deniega la adopción de un mayor de edad (Augusto César Belluscio).
. DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL DE LA CORTE SUPREMA Suprema Corte: . 1 . .
A fojas 23/24, la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones - en lo Civil de esta Capital Federal, confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda de adopción promovida por los actores. Contra este pronunciamiento, los mismos deduje ronel recurso extraordinario de fs. 26/29, cuya denegatoria de fs. 33 —ambos de los autos principales—, motivan la presente queja. ' El tribunal a quo consideró improcedente la solicitud formulada —— por los recurrentes, desde que la persona cuya adopción se pretendía era mayor de edad. Resaltó, además, que las normas de la ley 19.134 (modificada por los arts. 15 y 16, de la ley 23.264) admiten la procedencia de este instituto exclusivamente en beneficio de menores que se encuentren desamparados, huérfanos y material o mo
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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1979 
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