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Fallos: 306:1927 de la CSJN Argentina - Año: 1984

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1926 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Tal crítica parte de observar que el criterio de Blackstone no resulta corolario de una reflexión de filosofía política sobre la democracia constitucional, y que, al contrario, simplemente resume la situación del derecho inglés en su tiempo y aparece, por su generalidad, y por la simplificación que comporta, poco conciliable con la fecunda idea enunciada en precedentes como el de "Whitney v/California", antes citado (v.

considerando 69).

Ocurre, en efecto, que en la doctrina de Blackstone la posibilidad de sancionar los abusos está enunciada sin condiciones que excluyan la aplicación de criterios arbitrarios, sin advertir que las sanciones a posteriori pueden servir tanto como la censura previa para una política de supresión de la libertad de expresión.

12) Que existen precedentes de la Corte Suprema que indican que la doctrina de Blackstone a la que se refieren los dos considerandos anteriores tampoco da cuenta del estado actual de la jurisprudencia de este Tribunal.

Así en el considerando 8" (pág. 313) de Fallos: 257:308 se pone de relieve que ... "esta Corte participa del criterio admitido. por el derecho norteamericano, con arreglo al cual la libertad constitucional de prensa tiene sentido más amplio que la mera exclusión de la censura previa en los términos del art. 14. Basta para ello referirse a lo establecido con amplitud en los arts. 32 y 33 de la Constitución Nacional y a una razonable interpretación del propio art. 14. Ya había señalado Hamilton, que la libertad de prensa tutela el derecho de publicar con impunidad, veracidad, buenos motivos y fines justificables, aunque lo publicado afecte al gobierno, la magistratura o los individuos —confr. Chafee Zechariah, "Free Speech in the United States", Harvard University Press, Cambridge, Mass., 1941, págs. 3 y sig.: Corwin, "7he Constitution of the United States of America", Washington, 1953, pág. 770; ver también Konvitz, Milton R. "La libertad en la declaración de derechos en los Estados Unidos", págs. 211 y sigtes., Buenos Aires, Ed. Bibliográfica Argentina; confr, también doctrina de esta Corte sobre libertad de prensa en lo atinente al principio democrático de gobierno y a las relaciones de aquélla con la función judicial en los precedentes de los diarios "La Prensa" y "El Día", registrados en Fallos: 248:291 y 664, respectivamente ...".

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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:1927 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-306/pagina-1927

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