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Fallos: 306:1823 de la CSJN Argentina - Año: 1984

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liciten" (art. 6), máxime que la retroactividad se instituyó con el objeto de "crear condiciones favorables a los responsables, facilitándoles el pago de sus deudas impositivas mediante disposiciones que atenúen sus dificultades financieras" (29 párrafo de los Considerandos).

7) Que la conclusión a la que se arriba sobre el tema controvertido encuentra suficiente sustento en las normas del ordenamiento tributario que bastan para decidir la cuestión planteada, y que excluyen la aplicación al caso de lo establecido por el art. 818 del Código Civil, Cuyo carácter supletorio secundario instituido por el art, 11 de la ley 11.683 no rige cuando —como acontece en el sub examine—, los principios civiles discrepan con la letra de las normas tributarias o resultan inadecuados para la solución de los problemas impositivos (Fallos:

249:256 ).

8?) Que en lo atinente a la actualización monetaria, cabe reiterar que cl organismo fiscal exigió la correspondiente al monto de impuesto no abonado a su vencimiento, desde la fecha en que éste se operó y hasta el momento en "que se efectuó el pedido de compensación. La _ actora demandó la repetición de las sumas ingresadas por tal concepto, en la parte proporcional al monto de impuesto cancelado por compensación, calculadas desde la fecha de cada uno de los ingresos en exce$0 y hasta la fecha de la mencionada solicitud, y requirió que la suma resultante —al igual que la demandada en concepto de pagos indebidos de intereses resarcitorios— se reajustara desde la fecha de pago y hasta que se hiciera efectiva la devolución.

99) Que en las sentencias de ambrs instancias se decidió la primera cuestión estableciendo cl momento a partir del cual debe correr la actualización monetaria de los saldos acreedores del contribuyente cuando solicita y sc le concede compensación, y al respecto en el pronunciamiento de la alzada se concluyó que "a falta de norma expresa, cabe aplicar las normas generales y aceptar que la compensación se produce y la actualización comienza desde que las deudas compensadas comenzaron a coexistir..." por lo que "corresponde que la actualización por compensación monetaria se efectivice a partir de la vigencia de la ley 21.281", pues dicha corrección "corre a partir de la fecha en que el contribuyente ingresó indebidamente el tributo y no desde la fecha del pedido de... compensación".

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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:1823 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-306/pagina-1823

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