Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 306:1069 de la CSJN Argentina - Año: 1984

Anterior ... | Siguiente ...

que el resarcimiento del "ucro cesante debía determinarse en función de las utilidades brutas de la actora, si se hubiesen cumplido los obietivos de venta fijados al otorgarse la concesión teniendo en cuenta las sucesivas variaciones de los precios de venta de los autos fabricados por la demandada y según la alternativa "B" de los peritos, quienes lo hicieron estimando las ganancias mes a mes desde mayo de 1970 hasta abril de 1972, o sea compulando en cada periodo precios actualizados, lo cual evidencia una superposición de valores que lesiona el derecho de propiedad.

ARROJO S.A.C.LA.F. E 1.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Exceso ritual manifiesto.

Incurre en exceso ritual manifiesto el pronunciamiento que —al desestimar el recurso de inaplicabilidad de ley— sostuvo que la parte sólo había dado cumplimiento a lo estatuido por el art. 15 de la ley 18.820 y no a la directiva impuesta por el art. 12 de la ley 21.864, por lo que no podía pretender, sin haber efectuado un planteo de orden constitucional, que no se condicionara la viabilidad del recurso al previo pago de la actualización munetaria e intereses. Ello así, pues el a quo omitió considerar que la apelante, en oportunidad de solicitar el pase de los autos a la Cámara, expresó que el pago de la elevada cifra reclamada le causaría un perjuicio irreparable a ella y al personal dependiente; por ello condicionar la procedencia del recurso al cumplimiento de dicha norma, importaría afectar su derecho de defensa en juicio con menoscabo de lo dispuesto por el art. 18 de la Constitución Nacional.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Forma.

Para la introducción de la cuestión federal no es necesario el empleo de términos sacramentales, ya que basta la exposición clara de los antecedentes yv la demostración de los motivos que la suscitan.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

La actora interpuso recurso de inaplicabilidad de ley para ante la Cámara Nacional del Trabajo contra la resolución de la Comisión Na

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

136

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1984, CSJN Fallos: 306:1069 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-306/pagina-1069

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 306 en el número: 1069 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos