El coeficiente a aplicar para el semestre que corre desde setiembre de 1983 a febrero de 1984 es, pues, de 1,66.
3,0) Que multiplicando dicho coeficiente por los montos fijados en la Resolución Ne 165/83 se obtienen las siguientes cantidades:
a) art. '6 del decreto-ley 1285/58: $a 235.— b) art. 24 inc. 6 ap. a) del mismo: $a 2.352.298.— c) Ley 17.116, artículo 6» : Sa 235.— Por lo expuesto, se resuelve:
19) Reajustar los montos previstos en las normas mencionadas en el considerando 3? de la presente, fijándolos en la forma allí establecida. Aporro R.
GanmLL! — ABeLAnDO F. Rosst — ELias P. GUASTAVINO — Césan Back — CanLos A. RENOM.
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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:46
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-305/pagina-46
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