DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 2:09 El señor Fiscal en el punto II de su petitorio solicita la remisión de iestimonios de lo actuado a los órganos pertinentes para deslindar en la esfera administrativa las responsabilidades de funcionarios que pudieran haber surgido de este juicio. Corresponde hacer lugar a lo pedido, señalando especificamente 1a conducta del doctor Rocha, fiscal del Crimen, que consideró en la audiencia como una nimiedad la no investigación de los apremios que se habían denuncíado, disponiendo en aquella oportunidad, siendo Secretario del Juzgado de , Instrucción N° 12 una suerte de suspensión de una orden dictada por la Juez.
Tambien corresponde hacer lugar al punto HI del petitorio fiscal en que solicita se efectúe la denuncia correspondiente por los apremios ilegales que deseribieran en sus indagatorias al doctor Carlos Alberto Martínez Casado y el señor Jos Tortorelli.
Por todo ello, en virtud de lo preceptuado en los arts. 45 y 52 de la Constitución Nacional y en la ley 21.374, modificada por las leyes 21.918, 22.531 y 22.549, el Tribunal Resuelve:
D REMOVER a la señora Juez Nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Instrucción, titular del Juzgado de Instrucción NY 12, doctora Laura Aquiliana Damianovich de Cerredo por mal desempeño en el ejercicio en sus funciones e inhabilitarla para ocupar en adelante otro cargo oficial, con costas farts. 33 y 34 de la ley 21.374).
ID) Expedir los testimonios solicitados en los puntos Il y III del petitorio de la acusación, de acuerdo a lo expuesto en el último Considerando, a cuyos efectos líbrense los oficios correspondientes.
111) Expedir los testimonios pertinentes en relación a la posible comisión del delito de desacato en perjuicio del señor Fiscal, librándose oficio a la Cámara competente.
IV) Oficiar al Tribunal de Etica Forense acompañando testimonios de los respondes y alegato de la Defensa y de la presente.
Y) Comunicar la presente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital v hacerlo saber al Ministerio de Justicia. Notifíquese, Cartos A, RenoM — MiGUEL ANGEL DEL PINO -— Carios A. Ruso — Jurio César Otarcur — Lino ENRIQUE PALacio.
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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:2309
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