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Fallos: 303:191 de la CSJN Argentina - Año: 1981

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ordinario, la sentencia apelada respecto de Marcelo Mario de la Torre, y se la deja sín efecto en cuanto condenó a Nicolás Augusto Segurraa la pena de ocho años de reclusión, declarando que queda subsistente, acerca del nombrado, la sentencia del Consejo de Guerra Especial Estable N" 1 del Comando del Tido. Cuerpo de Ejército, dictada el 2 de agosto de 1977, que lo condenó a la pena de cinco años de reclusión.

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ABELINA GOMEZ VDs. ve DOMINGUEZ y OTRO
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Proce«dimiento y sentencia.

No cabe afirmar La existencia del menoscabo a La sarantía ee Li defensa en juicio cuando se la cumplido durante el proceso con las normas que lo rien y éstas no han sido tachadas como contrarias 3 Ya Constitución, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiomes no federales. Sentencias arbitrarias, Principios generales, Cuando la tacha de arbitrariedad se basa en mi defectuoso analisis ee da prueba, ese defecto sólo puede derivar del apartamiento por el 4 que de las disposiciones que rigen xi ofrecimiento. producción y Merza para estable cer los hechos a juzgar en la sentencia. Ello resulta de la limitación que ala jurisdicción estraordivaria etabtecen los arts. 67, inc, 11 y 104 de la Constitución Nacional, e impone a los recurrentes la carga de demostrar la inconstitucionalidad de "as normas locales en juego 0 que ellas han sido dejadas de lado. sín razón plausible, por el tribunal apelado, RECURSO EXTRAORDINARIO: Hesolución. Límites del pronunciamiento, Los términos del escrito por el que se interpone el recurso extraordinario delimitan las cuestiones a decidir por la Corte a través de la vía del art, 14 de la ley 48.

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Año: 1981, CSJN Fallos: 303:191 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-303/pagina-191

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