aún cuando esa actitud está motivada por cuestiones de indole patrimonial y en su beneficio.
El señor defensor ha argúido que la denuncia como de su propiedad de las acciones de "San Javier S.C.A", la efectuó el imputado por expreso ofrecimiento de Martha Elvira Eguren y a fin de cumplir un recaudo exigido para obtener créditos. Ello, según el Dr. Lavso Vidal, fue consecuencia de los frustrados pedidos que habría efectuado a cnríque Parísi. presidente de "Basilio Parisi S.A", y a Benigno Andrés López Robredo. que desempeñalu ese mismo cargo en "El Gato Negro SA", quienes, a estar a los términos de la defensa, lamentaron no poder satisfacer lo solicitado, sea porque el requirente no figuraba en los libros como accionista, o porque La segunda sociedad no había sido transformada, a esa fecha —1971-- en sociedad anónima, La aseveración referida al Se, Parisi, acerca de los hechos mencionados, debe ser descartada, porque además de haber afirmado ser intimo amigo del Dr. Lavao Vidal, al ser preguntado por el señor fiscal admitió haberle efectuado préstamos personales, mediante cheques, aunque alegó que eran de devolución inmediata, y transitorios (fs, 180/2).
En lo atínente a "El Gato Negro S.A", se estima necesario dejar constancia que según el estatulo social glosado a fs. 703/14, fue inscripta en el Registro Público de Comercio el 13 de abri de 1972, y según el acta de constitución la integran, entre otros, Benigno Andrés López Mobredo, María Lucrecia Frías, Graciela Frías y Leonidas Calabria.
Las declaraciones traidas por la defensa en apoyo de la explicación que aliera el señor juez, vo logran enervar el cargo que le formuló el señor fiscal, En efecto, María Lucrecia Frías integrante del directorio de "El Gato Negro S.A" y que además dijo ser la esposa de López Robredo, luego de indicar la amistad intima que ambos tenían con el magistrado y de dejar sentado su interés en el resultado de la cansa, explicó que su marido le había denegado el pedido de invocación de parte del capital societario (fs, 1051/4), Por su lado, Graciela Frías también manifestó ser amiga del nombrado, alegando en su primera declaración prestada en esta causa que no sibía quienes integraban el directorio de "El Gato Negro S.A", y, requerida por el señor fiscal acerca de sí era o había sido accionista contestó no poder asegurarlo, aclarando que firmaba algunos libros (Es.
1129/41). En la ampliación explicó que —de acuerdo a la información que re cabara al respecto, ante las preguntas del Tribunal —había sido miembro del directorio después de 1972 hasta 1975, figurando como directora con cinco acciones que le prestaba su hermana, para poder integrar la sociedad, habiendo dejado de tenerlas a partir de 1977 (fs. 1334).
Las expresiones recogidas de las dos testigos mencionadas precedentemente descartan la verosimilitud de lo afirmado, sin perfuicio de señalar que la testigo Graciela Frías integra el personal del Juzgado Nacional Especial en lo Civil y Comercial NT 36,
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Año: 1979, CSJN Fallos: 301:1273 
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