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Fallos: 301:10 de la CSJN Argentina - Año: 1979

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de febrero de 1979.

Vistos los autos: "Importadora Prince S.R.L., Import. Mayo S.C.A.

y Ventura, Isaac, Miednik, David A. y Sasbún, León s/inf. ley 19.359".

Considerando:

1) Que a fs. 531/540 la Sula Tercera de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de la Capital Federal confirmó la resolución N° 111 del Banco Central de la República Argentina de fecha 5 de febrero de 1975, en cuanto aplicó a los causantes sendas multas y dispuso el comiso de barras de oro incautadas, por infracción a las normas de la ley 19.359.

2) Que contra dicha sentencia interpusieron recursos extraordinarios el señor Fiscal de Cámara (fs. 596/603) y el defensor de los sancionados (Es. 542/572), que fueron concedidos por el tribunal (fs.

604 y 3573, respectivamente).

37) Que el señor Procurador Fiscal desistió parcialmente del primer recurso citado, quedando subsistentes el planteo relativo a la condena de don Isaac Aarón Miednik, por haberse dictado sin audiencia del sancionado, violentándose de tal manera la garantía consagrada porelart. 18 de la Constitución Nacional, y el que se refiere a la invalidez de la declaración testimonial de fs. 481, que resulta de la falta de firma del instructor en el acta respectiva, 4) Que en el recurso de fs. 542/572 se planteó también la nulidad de lo actuado alegándose la violación de la mencionada garantía constitucional —siempre en relación a Isaac Aarón Miednik-, y además los siguientes agravios contra la sentencia: a) no aplicación de la ley penal más benigna: b) valoración arbitraria de las pruebas; €) violación de la garantía de defensa por haberse denegado la producción de medidas de prueba, y d) improcedencia de la sanción de comiso por no estar prevista en la ley, importar una doble imposición de pena y afectarse la garantía constitucional de la propiedad y del debido proCreo,

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Año: 1979, CSJN Fallos: 301:10 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-301/pagina-10

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